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lunes, 29 de diciembre de 2014

Julio Carmona: ÉTICA DOCENTE

Vale más canción humilde que sinfonía sin fe. J.C. "Si no vives para servir, no sirves para vivir" es el lema de www.mesterdeobreria.blogspot.com

Si la moral es la legislación conductual que la sociedad impone al ciudadano, la ética es el trasfondo moral que a sí mismo se impone cada ciudadano individual. Por eso se califica de inmoral a quien conociendo las restricciones conductuales en la sociedad, hace caso omiso de ellas. Y, asimismo, se llama amoral a quien se encuentra despojado de todo condicionamiento moral, es decir, un ignorante, irredento de toda consideración. El primero es condenable socialmente (no judicialmente) por quienes sí respetan y cumplen con las normas morales, y se le señala como un transgresor de la ética; cuando esa transgresión es involuntaria, se espera y se acepta la enmienda; en caso contrario —si no existe enmienda— la condena es irrevocable, y no solo eso, sino que se le debe trasladar al rango de lo amoral.

En el caso de quienes pueden y deben evitar transgredir las normas, o rectificarse por su transgresión, se debe ubicar a personas con cierta formación profesional o laboral (empleados de los sectores público/privado, trabajadores del campo y la ciudad con nivel de civismo y con mayor razón si se trata de egresados de estudios superiores). Y deviene imperativo categórico si se trata de un servidor público que ostenta cargo administrativo relevante, como —por poner un ejemplo— ser Secretario General de una Universidad Nacional, porque una de las prohibiciones que establece el Código de Ética de la función pública, dice que: «El servidor público está prohibido de obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, para sí o para otros, mediante el uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia.» (Artículo 8°, inciso 2).

Hago esta reflexión sobre el tema, recordando un caso que observé cuando estudiaba secundaria. En cierta ocasión, la autoridad del colegio dispuso que los estudiantes pintasen sus aulas y las pusieran bajo la égida de alguna personalidad paradigmática (y se iba a premiar al aula mejor acondicionada). Y cuando las aulas estuvieron dispuestas observé que una de ellas (no precisamente la mía, sino de un año superior) había sido designada con el nombre de uno de nuestros más queridos profesores. Y cuando le tocó clase en la mía yo lo felicité. Él retrucó que no era nada meritorio, pues se había hecho sin su consentimiento, y no tuvo oportunidad de evitarlo. Y dijo que no era ético rendir homenaje institucional a una persona viva, y que incurrían en esa falta de ética tanto quien hacía la propuesta como quien la aceptaba. Y concluyó que esperaba se hiciera la rectificación al año siguiente cuando mis compañeros y yo pasásemos a dicha aula. Y así fue. Hicimos justicia. Borramos el nombre de dicho profesor y elegimos otro ya finado, y con una trayectoria impecable de moralidad y ética a toda prueba, es decir, ya imposible de ser variada, posibilidad que no se da en personas que están con vida y mucho menos con aquellas que se pasan de vivas y que muy sueltas de huesos aceptan el hecho, con un amoralismo raigal.

Ahora bien, si la reflexión tiene asidero en un hecho pasado, obviamente es aplicable a futuro y también al presente (tres instancias de la historia: de la magna o nacional, de la pequeña o institucional y de la doméstica o personal). Y, sin ambages, aquí me refiero a un caso lamentable y ya consumado, ocurrido en la Universidad Nacional de Piura. A la refacción que se ha hecho de un pabellón de aulas antiguo se le ha puesto el nombre de un profesor que el único pergamino que ostenta es ser el profesor más antiguo en función. Pero la lógica más elemental conduce a determinar que debe haber otros profesores tan antiguos como él aunque cesantes, a quienes tampoco se les podría designar para un homenaje como el aquí comentado por el impedimento ético ya aludido. Sin embargo, también es de suponer que, en la historia académica de la Universidad Nacional de Piura, tiene que existir otro docente ya fallecido y de digna y eficiente performance profesional, docente y decente, a quien se puede honrar para que también su nombre honre a la institución que lo designa.

Todavía se está a tiempo para la rectificación ética. De lo contrario, el baldón ya infringido derivará en inmoralidad —de quien lo ofrece y de quien lo acepta— por saber que no es ético el acto de marras, y no obstante haber incurrido en él, o devendrá acto amoral por saberse o sentirse huérfanos de todo principio ético.